Decisiones religiosas de la educación hijos de padres separados

Desde el momento en el que una familia con hijos se separa existirá una regulación que determine la patria potestad, que suponga que uno o ambos progenitores puedan tomar las decisiones esenciales de la vida de los hijos, entre las que están las decisiones religiosas.

Es la recurrente situación en la que uno de los progenitores tiene una determinada ideología o religiosidad desean diferentes cuestiones en relación al hijo común.

¿Cómo se resuelve esa situación?

En las familias separadas en las que cada 1 de los progenitores tiene una diferente percepción de la religiosidad podemos encontrarnos con el gran problema de que 1 quiere inculcar una serie de valores religiosos y el otro no

Se repite en gran número de casos en el momento en el que los niños tienen que hacer la comunión y 1 de los progenitores tiene se católica y quiere que el hijo común puede hacer la comunión pero el otro prefiere que no lo haga por sus propias convicciones.

en estos casos en defecto de acuerdo debe de resolver el juzgado en un procedimiento de jurisdicción voluntaria determinado en el artículo 156 del Código Civil en el que un juez determinará si un niño tiene que hacer la comunión o no

Como ustedes entenderán al juez les indiferente que un determinado niño tenga hecha la comunión o no

el juez no decidirá en función de su propia religiosidad sino por el contexto familiar y social.

no es mejor Que un determinado niño haga o deje de hacer la comunión sino que hay que buscar la solución más pacífica y beneficiosa para el niño en relación a sus circunstancias personales o familiares habida cuenta de que no tiene la madurez ni edad suficiente para tomar una decisión de este tipo por sí mismo.

Educación religiosa en España

el problema es que algunos padres pretenden imponer esta cuestión religiosa conforme sus propios valores y creencias sin tener en cuenta que el hijo es de 2 y por tanto todas las decisiones esenciales para su desarrollo y vida deben decidirse y tomarse conforme la patria potestad que al ser en la mayoría de los casos conjunta, supondrá que para empadronamiento escolarización es cuestiones médicas y también aspectos religiosos como pueden ser la religión.

Tanto en familias separadas como casadas, debe de prevalecer el sentido común.

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