Autorización judicial para venta de bienes de un menor de edad

Autorización judicial para venta de bienes de un menor de edad:

Un menor no tiene capacidad de obrar por si mismo en le plano jurídico, de tal modo que requiere para actos de disposición (venta a tercero, hipoteca, constitución de derechos reales… etc) que la persona que ostente su tutoria legal (normalmente padres sin mediar sentencia, o a la persona a la que se atribuya la patria potestad y guarda y custodia por sentencia) gestione los trámites para la correspondiente autorización judicial, en forma de decreto, analizando en dicha petición la operación a realizar.

En este proceso interviene la Fiscalía (Ministerio Fiscal) que se opondrá a todo aquello que no considere adecuado o beneficioso para el menor; por ello, el enfoque de la petición es esencial, requiriendo para la tramitación de dicho proceso de jurisdicción voluntaria la contratación de abogado y procurador.

Puede consultarnos todas sus dudas con confianza, pues dependiendo de las circunstancia la petición de autorización judicial para la venta de bienes inmuebles de un menor de edad (pisos, casas, terrenos, edificios, derechos reales… etc) será más o menos clara y viable, o inviable.

Los documentos básicos que serán necesarios para la presentación de la solicitud de autorización en el Juzgado son:

  • Certificado de nacimiento del menor.
  • Nota simple actualizada de la propiedad objeto de la autorización.
  • Sentencia que regule la custodia legal del menor (de existir).

Se recomienda también aquella documentación que nos ayude a reforzar el argumento favorable a la venta.

Evidentemente dependiendo de los casos serán necesarios otro conjunto de documentos, esencialmente que acrediten la procedencia de la operación proyectada. cuanto más detallada y justificada esté la operación más fácil será su aprobación, normalmente teniendo que prestar declaración judicial los solicitantes para confirmar la petición y sus pesquisas.

Autorización de venta judicial

¿Cuánto tarda una autorización judicial para vender un inmueble?

La autorización judicial para vender un determinado inmueble, ya sea piso lo local, dependerá del Juzgado en el que se tramite, pero aproximadamente y siendo realistas, 6 meses.

Debería de ser un proceso mucho más rápido, pero por desgracia no suele serlo.

Puede tratarse de una autorización de venta judicial de inmuebles de menores o de incapacitados. En este segundo caso la cuestión será más compleja pues habrá que comenzar con un proceso previo, denominado de incapacitación, que podrá tardar perfectamente otros 6 meses.

Se puede saber aproximadamente lo que suele tardar un determinado proceso. Los tiempos de un proceso concreto es imposible saber de antemano pues depende de muchos factores que evidentemente serán diferentes en cada caso.

 

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