Pensión de Alimentos en España | Guía Total 2024

La pensión de alimentos es la prestación económica que debe de abonar un progenitor como contribución a las necesidades de sus hijos.

En ocasiones es confundida con la pensión compensatoria. Debemos aclarar que la pensión de alimentos es la que pagan los padres y madres para cubrir las necesidades de sus hijos, mientras que la pensión compensatoria es la que se abonan los cónyuges al tiempo de la separación o divorcio si existe desequilibrio económico que así lo haga procedente.

¿Qué es la Pensión de Alimentos?

Una pensión de alimentos es un pago en dinero que contribuye a satisfacer las necesidades de los hijos menores o dependientes económicamente.

Se suele establecer en pago mensual, del 1 al 5 de cada mes, con doce pagos mensuales. Antiguamente incluso se establecía en 14 pagos. Muchos padres no entienden el motivo por el que en periodos vacacionales los hijos están más con uno y a pesar de ello se tiene que pagar pensión de alimentos. La explicación es que la pensión de alimentos se establece en prorrata anual, de manera que es una cantidad calculada para cubrir las necesidades y que se fracciona en los 12 meses al año.

Al igual que los gastos de vida suben con el IPC, la pensión de alimentos se debe de actualizar conforme variaciones experimentadas por el IPC publicadas por el INE. A pesar de ello, se deberá de consultar la regulación específica de cada relación familiar, pues el documento en el que se constituye y declara la pensión es la resolución judicial o escritura notarial en la que se perfecciona y homologa.

La pensión de alimentos es aplicable es lis términos literales en los que es declarada. La pensión de alimentos como normal general no tiene efecto retroactivo, pues cuando no existe regulación aplicable, no existe obligación de pago de alimentos de ninguno de los progenitores, pues todos los derechos y obligaciones paternofiliales son conjuntos.

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Cómo se Calcula la Pensión de Alimentos

Para saber cómo calcular la pensión alimenticia puede ser de gran utilidad consultar el sistema de cálculo del Poder Judicial. La pensión alimenticia en España debe de establecerse en un convenio regulador en procesos de mutuo acuerdo tanto judiciales como notariales, o en un auto o sentencia judicial.

PENSIÓN ALIMENTOS PODER JUDICIAL

En el sistema de cálculo de pensión de alimentos del poder judicial se debe de incluir Comunidad Autónoma, Provincia y Ciudad, número de hijos, sistema de custodia, ya sea monoparental o de custodia compartida y los ingresos de ambos progenitores.

El resultado propondrá una cantidad que será de orientación para la fijación de la pensión de alimentos. En este cálculo no están incluidos no los gastos de educación, habitacionales ni extraordinarios que deberán de valorarse de manera independiente a dicho cálculo.

Factores que Influyen en el Cálculo

Los derechos de los hijos respecto de la pensión de alimentos deben de gestionarse por sus progenitores mientras que estos son menores. Después, una vez que son mayores de edad existe la posibilidad de que sea abonada directamente a los hijos, todo ello hasta la independencia económica de estos.

Lo que influye en el cálculo realmente no son solo los ingresos, sino también los gastos y cargas, la estabilidad de ingresos y circunstancias especiales de cada progenitor. La vivienda ahora mismo es un factor determinante que está limitando a las familias a separarse de manera viable, pues supone el gran gasto de las familias que evidentemente debe de tenerse en cuenta pues influye en el cálculo. No es lo mismo que un progenitor tenga una vivienda de uso gratuito, que tener que pagar 1.000 euros.

 ¿Quién Tiene Derecho a Recibir Pensión de Alimentos?

Tienen derecho a recibir pensión de alimentos los hijos respecto de sus padres mientras que son dependientes, al igual que los padres respecto de sus hijos en los casos en los que se encuentren en situación económica de gran necesidad y los hijos en situación de poder ayudarles.

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Cómo Modificar o Cancelar la Pensión de Alimentos

Para modificar una pensión de alimentos se debe de declarar por la misma vía que se declaro inicialmente. En una sentencia judicial se debe de modificar judicialmente, ya sea de mutuo acuerdo o por lo contencioso. En cambio, una escritura de divorcio que siempre es de mutuo acuerdo, se deberá de modificar también en escritura notarial de mutuo acuerdo.

Consecuencias del Incumplimiento de la Pensión

Las consecuencias del incumplimiento de la pensión de alimentos es que podrá ser susceptible de denuncia penal o demanda de ejecución civil.

No pagar dos mensualidades seguidas de pensión de alimentos o cuatro no consecutivas, en su totalidad, en vía penal podría llevar aparejada la condena a pena de prisión, por tanto hablamos de temas muy serios.

Por vía civil las cantidades de pensión de alimentos ordinarias, así como las extraordinarias, según la resolución aplicable, se podrán reclamar en ejecución de sentencia durante 5 años, pues pasados los 5 años, no podrán reclamarse.

Lo mejor será tratar de mediar para que ambos progenitores contribuyan a las necesidades de los hijos y no existan incumplimientos de pago, pues ambos tengan la comunicación y coordinación necesaria como para establecer las cantidades procedentes de carácter general e incluso modularlas o completarlas con otros gastos extras cuando son procedentes y necesarios para los hijos.

24 comentarios en “Pensión de Alimentos en España | Guía Total 2024”

    1. Buenos días:
      Reclamar en juicio siempre es posible, pero hay que estudiar todas las circunstancias para ver si es viable la petición.
      La pensión compensatoria se basa en un desequilibrio económico que es lo que habrá que analizar.
      Con 22 años de matrimonio si es posible el establecimiento de una pensión compensatoria, pero lo mejor de ser posible, es mediar con la otra parte para tratar de estudiarlo de manera amistosa.
      Lo que más se tendrá en cuenta será la dedicación al matrimonio y la diferencia económica entre cónyuges, también años de matrimonio, edad, estado de salud… etc.
      En España no existen tablas al respecto y hay que estudiar caso por caso, gracias un saludo.

  1. Hola, me estoy separando amistosamente de mi pareja. No estamos casados legalmente, tenemos dos hijos y soy ama de casa desde que empezamos la convivencia. Que obligaciones y derechos tengo??
    Gracias

    1. Buenos días:

      Hay que analizar el caso concreto. Al no estar casados lo único que se podría sería establecer las medidas de los hijos. El procedimiento se denomina guarda y custodia y se puede realizar amistosamente, de hecho es la opción más fácil, rápida y económica. Los derechos y obligaciones son respecto de los hijos al no existir matrimonio.
      Habrá que acordar qué esposo se queda en el domicilio familiar, la patria potestad y guarda y custodia de los hijos comunes, pensión de alimentos, derechos de visitas y demás cuestiones.
      Puede consultarnos con toda confianza para resolver dudas concretas con más datos pues con los que nos ha facilitado no podemos darle mucha más información pues cada caso es diferente.
      Muchas gracias un saludo.

  2. Es una separacion por abandono de hogar del esposo por otra mujer. La esposa queda en el piso que va a nombre del marido y paga este (lo unico que paga) con los dos hijos. A los 4 o 5 meses el marido pretende estar en ese piso cuando este con los hijos obligando a mudarse a l@ esposa.
    No se ha legalizado la separacion
    ¿Tiene derecho a ello el marido?
    Gracias

    1. Buenas tardes:

      El abandono de hogar ya no existe desde 2005.
      De no existir resolución judicial, ambos tienen derecho a residir en el domicilio pues constituye domicilio familiar.
      El hecho de que se haya marchado el esposo temporalmente no constituye una renuncia de derechos salvo que así lo haya reconocido expresamente.
      Ninguno podéis impedir que el otro cónyuge acceda al inmueble sin resolución judicial.
      Lo que hay que tratar es evitar conflictos y situaciones de tensión y mala convivencia.
      Lo ideal es llegar a un acuerdo o en su defecto interponer proceso contencioso para que se regule con garantías y exista el mínimo tiempo posible de ausencia de regulación.
      Puede consultarnos para que intentamos mediar con él que podemos hacer encantados.

      Mucha fuerza y mucho ánimo

  3. Llevo 35 años casada siendo ama de casa y cuidando los hijos y al marido ,estoy anulada como mujer y tengo malos tratos sicológicos , no tengo estudios por lo que si me separo con 60 años no se donde iría , además tengo un hijo de 25 años que no trabaja y vive en mi casa , que me corresponde ? estamos casados en vienes gananciales ,gracias por su alluda

    1. Buenos días:

      Habría que estudiar en profundidad el caso, pero con los datos que indica sí que le corresponde una pensión compensatoria, lo más importante es la dedicación a la familia (años de matrimonio, edad, atención a la familia… etc) y la dedicación profesional e ingresos de su marido.
      Tiene derecho a divorciarse, el tema de malos tratos psicológicos es muy delicado y habría que ver lo ocurrido para buscar la mejor opción ya sea denunciar o no hacerlo en función de la gravedad de la situación.

      Muchas gracias

  4. Me quiero separar de mi mujer, bueno ella quiere separarse o divorciarse y yo lo acepto. Los dos hemos cotizado, trabajamos en su día en la misma empresa pero yo tengo un poco más de pensión, ella tiene jubilación de 1.200 euros y yo 1.500 euros, los 2 en 14 pagas. Tenemos un piso en Madrid y otro en Benidorm y yo estoy de acuerdo en irme a Benidorm y ella se queda en el piso de Madrid que está mejor, la idea más adelante es regalársela a nuestros hijos.

    Ella me dice que tengo que pagarle una pensión por ser mujer, ella ha ejercicio de madre y ama de casa y yo de padre y de amo de casa por igual y me parece injusto. ¿Tendría que pagarle una pensión compensatoria? Aun no se ha degenerado la relación y creo que estoy a tiempo de llegar a un acuerdo justo

    1. Buenos días:

      Habría que estudiar el caso en profundidad, pero al tener ambos ingresos similares no procedería establecer pensión compensatoria. Además, si ya están de acuerdo en que cada uno de ustedes resida en una de sus viviendas será mejor aún, pues ello equilibrará más aún la situación. Habría que ver los años de matrimonio y la dedicación de cada uno a la familia, pero si como dice ha sido similar no procedería establecer pensión compensatoria por el mero hecho de que ella sea mujer como indica. Pueden contactar con nosotros ambos para aclarar dichas cuestiones pues afortunadamente ambos tienen una buena pensión y patrimonio para poder llevar al práctica el divorcio de una manera digna y poder ambos desarrollar sus futras vidas después del divorcio.

      Divorcio y separación de ama de casa derechos y obligaciones.

  5. Buenas tardes, llevo 3 años casada y tengo un niño de dos años, desde que me casé soy ama de casa y cuido al 100×100 de mi hijo y de la casa.. no hay separación de bienes, pero en la cuenta común, siempre desvía todos los meses dinero a una cuenta d internet q tenía ya antes d casarse conmigo(supuestamente es la misma cuenta, pero la de internet es antes d casarse)
    Entonces, tendría algún derecho compensatorio económico yo??o me pertenece algo de esa cuenta??
    Muchas gracias estoy muy perdida porque me anuló totalmente como persona y no tengo dinero porque dejé mi trabajo para cuidar del niño y la casa, porque su sueldo era más alto que el mío.

    1. Buenas tardes:

      Si tienen bienes gananciales, los bienes ganados o adquiridos después de la celebración del matrimonio son comunes y por tanto el sueldo del esposo es común. Si el esposo está realizando transferencias a una cuenta suya de ahorro, en el momento de la liquidación de sociedad de gananciales usted tendrá derecho a la mitad de esas cantidades en conjunto a todos los demás bienes y deudas. La liquidación se puede realizar en el momento del divorcio, lo correcto es que el esposo mostrara un extracto de sus cuentas en aras de la transparencia y confianza, pero si las transferencias las hace desde una cuenta común, usted misma puede solicitar un justificante de movimientos al banco.

      Llevan poco tiempo casados y por tanto no procede establecer una pensión compensatoria indefinida, pero sí se puede estudiar el caso para establecer una pensión compensatoria limitada en el tiempo ( unos meses o un año o hasta que encuentre trabajo). Al ser el niño tan pequeño lo más normal es establecer una custodia materna al estar además usted atendiéndole como indica al 100×100. Lo ideal es que cuando el niño sea un poco más grande se pueda estudiar la posibilidad, en su caso (si el padre es idóneo y así lo quiere) establecer una custodia compartida. Ya decimos que hay que estudiar el caso en profundidad para poder dar la información correcta.

      Muchas gracias, si se siente anulada debe de asesorarse y después tomar la decisión más acertada y que más beneficiosa sea para el hijo común. Puede contar con nosotros para intentar ayudarle. Pueden contactar con nosotros en el siguiente acceso: Abogados de divorcio express amistoso.

  6. Buenos dias
    Llevo 31 años casada mi marido esta con otra mujer, ahora se va unos dias con ella el no dice nada de separarse pero yo si quiero, llevo sin trabajar 5 años dependo de el economicamente tengo un hijo universitarioy me maltrata sicologicamente desde que esta con ella yo estoy con antidrepesivos, que puedo hacer,. Gracias

    1. Buenos días:
      La situación es complicada y sería necesario conocer todos los detalles para poderle dar la información concreta que necesita. Puede contactar con nosotros, abogados divorcio express, las consultas son gratuitas.

      Si no quiere mantener su matrimonio, por el motivo que sea, tiene derecho a pedir el divorcio, con independencia de que el marido puede tener una relación extramatrimonial o de infidelidad, o no. Habrá que analizar con quien se queda el hijo mayor de edad dependiente. Si se queda residiendo con usted el padre deberá de abonar una pensión de alimentos acorde a las necesidades del hijo universitario, conforme los ingresos del padre y conforme sus propias circunstancias.

      Si usted en este momento no tiene ingresos se podría establecer una pensión compensatoria, per es un tema mu complejo en el que se deben de estudiar múltiples cuestiones y por ello con estos datos no podemos confirmarle su procede y en su caso cuál podría ser su importe y duración. Depende de los ingresos de su marido, de la dedicación familiar que haya podido tener usted, años.. etc etc.

      Si está con antidepresivos y la situación va de mal en peor, lo mejor es tratar de hablarlo con él para llegar a un entendimiento, ya sea directamente o con nuestros abogados de familia o los que usted considere convenientes. Para el divorcio es imprescindible contar con un abogado, por lo que será recomendable el asesoramiento cuando antes para conocer el alcance de sus derechos y obligaciones y los correlativos del esposo y el hijo común.

      Ojalá todo pueda resolverse de mutuo acuerdo, si quiere, puede contar con nosotros. Muchas gracias. Contestación publicación: Divorcio y separación derechos y obligaciones de ama de casa.

  7. Llevo 13 años casada, 4años como autonomo en una empresa que es de ambos, pero no quise seguir porque trabajar con el era imposible, malos tratos psicologicos constantes. Nunca cobre un sueldo a todo esto.. Ahora mismo desde que deje el autonomo, ha estado el, y solo hacia trabajos de supervisión y tema laboral, pero en 2016 nació mi hija y tuve que dejar el tema de supervisión a las empresas y solo hago el tema laboral, porque me obliga a hacerlo.. Y sigo sin cobrar nada, a todo esto se añade los trabajos de la casa (ama de casa 100%) el no ayuda en nada, a menos que le insista, a lo cual nunca hace bien, o lo deja a medias… En fin que llevo dos semanas que llegue al límite, porque me Convenció de volver a buscar un bebé, me quedé embarazada pero a las 3 semanas tuve un aborto espontáneo (junio 2021), lo pase psicológicamente muy mal, el solo añadia más leña al fuego y me hizo pasar fatal. Y yo estaba en reposo absoluto y el no atendía a mi hija de 5 años, porque en mi situación no podía hacer esfuerzos. Psicológicamente he quedado muy agotada. Y para el colmo lleva 6 años que trabaja en casa, y su presencia ya empieza a molestarme…
    Para la, separación Que debo pedir y que obligación tendría, estoy en fase asesoramiento. Estamos casados por bienes separados, ya que su padre le daba una casa con estas condiciones (el piso en la que vivimos es dado a mi pareja por estar casado) .
    Gracias, desde ya

    1. Buenas tardes:

      Su situación es muy complicada y debe estudiarse detenidamente. Habría que ver la edad de ambos, dedicación familiar, ingresos familiares de la empresa… etc. En cualquier caso tiene derecho a divorciarse en cuanto así lo decida y si el padre no se ocupa de los cuidados de la hija de 5 años, lo más razonable es que la custodia fuera materna, lo que supondría que el tendría que abonar una pensión compensatoria. Habría que estudiar el caso detenidamente, pero usted también podría tener derecho a una pensión compensatoria si ha ayudado a la empresa y tiene separación de bienes y en definitiva no sólo a trabajado con el cuidado del hogar familiar sino además par la empresa del esposo.

      La cuestión de que haya existido otro embarazo y este haya acabado en aborto, puede suponer un verdadero trauma psicológico más aún en las condiciones en las que dice que ha ocurrido. Por ello lo mejor siempre es tratarlo de una manera amistosa y de ser posible llegar a un acuerdo de divorcio amistoso que proteja a la hija común y que también sea justo tanto para usted como a su marido.
      Es una decisión muy complicada, pero si podemos ayudarle a resolver cualquier duda consúltenos con toda confianza, las consultas son gratuitas. Mucho ánimo!

  8. Llevo 8 años casada con mi esposo me case con el teniendo 15 años no termine mis estudios nunca e trabajado así de dependo de el nos casamos por bienes separados el hace 5 años que compró su casa tenemos 4 hijos en mi último embarazo el me dejo sola con 3 niños y se fue a vivir con otra por año imedio en todo el embarazo sufri de depresión y ansiedad asta la fecha yo desde que me case con el me e dedicado al hogar y al cuidado de mis hijos cre que pueda el no me ayuda a cuidarlos y si me ayuda es por que yo se lo pido e hablado con el sobre el divorcio pero el no quiere yo la verdad ya no quiero estar con el me a echo mucho daño psicológico y emocional quisiera saber que derechos tengo la verdad ami no me interesa la casa solo quiero que el me ayude económicamente ya que una vez pregunte y me dijeron que si yo me quedo a vivir en su casa el no me tiene que dar pensión eso fue cuando 5 años que pregunte

    1. Buenas tardes:

      Lo más importante en caso de separación o divorcio es garantizar el bienestar de los niños y en este caso al tener cuatro hijos habrá que ver en primer lugar cuál es el régimen de custodia mejor para ellos. El uso de la vivienda conyugal se atribuye prioritariamente a los hijos y el progenitor custodio, por lo que la clave es confirmar, ojalá que acordándolo de mutuo acuerdo, el sistema de custodia (materno, paterno o compartida). También en su caso se debe de establecer una pensión de alimentos para cada uno de los hijos, en custodia de madre (también de padre) es obligatoria, mientras que en custodia compartida se puede establecer, o no, pero en caso de que existan diferentes capacidades económicas entre los progenitores, se debería de establecer de manera que el progenitor que percibe más ingresos abone la pensión o una mayor pensión con la finalidad de que los hijos puedan disfrutar de una calidad de vida similar.

      Incluso podría estudiarse la posibilidad de establecer una pensión de compensatoria a cargo del esposo y en su favor pero al tener un matrimonio de 8 años, lo normal sería establecerla de manera limitada en el tiempo, pero hay que analizar las circunstancias familiares y principalmente la dedicación familiar y capacidad económica del esposo.

      En cualquier caso tiene derecho a divorciarse, todo se tiene en cuenta y se debe de modular, pero el hecho de que a usted se le pueda atribuir el uso del domicilio familiar en ningún caso supone que no se establezca pensión de alimentos para los hijos.

      Con cualquier duda consúltenos que trataremos de ayudarle, muchas gracias, contestación: Divorcio y separación de ama de casa, derechos y obligaciones.

  9. Hola, tengo 20 años de casado y mi esposa a puesto demanda de divorcio, tengo 69 años y desde que nacieron mis hijas me e dedicado a ellos como un amo de casa, además tiene un problema de compras y acumulamiento conpulsivo exagerado, tengo pruebas en video de todas esas compras compulsivas que a acumulado en dos trastero de esto desde 2013 ahora que mis hijas tienen 18 y 17 años me a pedido el divorcio, no tengo dinero para poner un abogado, me comentaron que tengo que ir a el colegio de abogados para asistencia gratuita la decicion que ha tomado es para evitar que le digan que busque un profesional para ese mal, ahora me tengo que ir a la calle sin dinero , mientras ella durante estos años se a superado en su trabajo, gracias espero una idea a lo que me tengo que enfrentar, saludos

    1. Buenos días:

      La opción de pedir abogado de oficio siempre es muy buena. Adjuntamos enlace que tal vez le pueda ser de ayuda: Abogado de oficio. Si su esposa le ha interpuesto la demanda de divorcio contencioso, lo mejor es tratar de mediar con ella, pues en función de lo que pida, ojalá se pueda llegar a un entendimiento. Si usted se ha dedicado al cuidado de la familia como indica como «amo de casa» y al ser las hijas tan grandes, no tiene que tener miedo a que el divorcio le sea desfavorable. Habrá que analizar cuál es la capacidad económica de cada uno de ustedes y gastos, pues al tener una hija aún menor de edad la atribución del derecho de uso de la casa se suele atribuir al progenitor custodio (al que se le atribuya la guarda y custodia de la hija) y también se modula teniendo en cuenta el progenitor que cuente con una peor capacidad económica. Hay que analizar todos los detalles, pero si no tuviera abogado de oficio necesariamente debe de contar con abogado y procurador privado de confianza, si quiere nosotros podemos hablar con el abogado de la otra parte para intentar llegar a un entendimiento que siempre es la mejor opción para todos. Mucho ánimo gracias:

      Contestación divorcio y separación de ama de casa derechos y obligaciones en España.

  10. Hola, tengo casi 7 años de casada,nos casamos en gananciales. Vivimos de alquiler,tenemos 2 coches uno de ellos comprado antes de casarnos. No tengo trabajo estable,no he estado en estos años contratada en ningun sitio, solo trabajos de limpieza eventual. Mi marido tiene dos trabajos, yo he estado a cargo de mi hija y trabajando de esta forma. Tambien al cuidado de mi casa. Tengo 35 años, me salieron oportunidades de trabajar pero al no tener con quien dejar a mi hija no he podido tener trabajo en condiciones. Nos queremos divorciar pero no tengo dinero fijo, ni nada. Me pertenece al menos algun coche,compensatoria? Muchas gracias

    1. Buenas tardes.

      Acabamos de ver su mensaje que llegó como Spam. Le contestamos:
      La situación legalmente sería diferente en función de la hija a la que se ha dedicado a cuidar es la hija común o hija suya de otra relación sentimental. Sea como fuere, dado que usted es joven, los años de casada son menos de 7 y si ha tenido trabajos, aunque no en iguales condiciones que el esposo, no procedería una pensión compensatoria vitalicia ni de tiempo superior a 2 ó 3 años. Pero habría que estudiar en detalle la situación familiar pues concluyen múltiples circunstancias.

      Depende de los ingresos del esposos y de los bienes que puedan tener, pues estando en gananciales a usted le corresponde la mitad del patrimonio ganancial. De los dos coches, lo normal es que se atribuyera el derecho de uno de uno a cada cónyuge. También puede ser una opción vender el ganancial y repartir el dinero por mitades. El vehículo privativo del esposo sería de él y usted no tendría derecho a su propiedad.

      En resumen, en sus circunstancias y a pesar de que se debe de estudiar el caso detalladamente para poder confirmarlo, lo normal es que no se establezca pensión compensatoria pues no existe un desequilibrio económico sustancial, pero sí cabría establecer una pensión limitada en el tiempo y en función de los ingresos del padre y demás circunstancias.

      Información adicional: Me quiero divorciar pero no tengo dinero.

      La mejor opción es consultar a nuestro despacho de abogados o el que sea de su confianza. Con el nuestro las consultas son gratuitas y se intenta resolver las dudas de la manera más sincera e imparcial posible.

      Muchas gracias

  11. Tengo 11 años casada una hija de 7 años ella tiene una discapacidad de 38 porciento (autismo) El tiene 30 años con una discapacidad reconocida de 37 por ciento ( su enfermedad va a peor ya que no cuida no quiere cuidarse así que seguramente su discapacidad pueda subir a 40 o 45 porciento) actualmente está de baja pero trabaja y tiene un sueldo de 800€ al mes más una paga y media es barrendero ….. yo 29 tengo apenas 50 días cotizados durante toda mi vida (aunque trabaje siempre pero en negro diría q durante 4 años o 5 durante el matrimonio) cuidando de mi hija siempre llevándola a sus terapias, trabajado su aprendizaje en casa por eso dejé de trabajar.
    Mi hija tiene una paga de la ley de dependencia(el como cuidador principal ya que entonces mi NIE estaba caducado no m dejaban ponerme yo como cuidadora) de 387€ (domiciliada en una cuenta a nombre de mi hija pero él como representante legal donde hay 5000€ ahorrados) al mes más la paga de hijo a cargo de 1200€ al año a su nombre y domiciliado a su cuenta donde sólo es el titular yo solo autorizada. Vivimos de alquiler un coche q costo 6000€ cuota de 150€ ( nos quedará 1 años y pico por pagarla)
    – tengo una NIE por matrimonio no tengo ingresos, mi duda más grande es: ¿Me puede quitar la custodia de mi hija? Puede el llegar a obtener la custodia compartida? Mi hija es autista le produce ansiedad los cambios no esta pegada a su padre ni su padre sabe cómo tratarla….
    – si obtengo la custodia tengo derecho a quedarme con las pagas de mi hija? Y si me quedo con las pagas aún así tengo derecho a pensión de alimentos?
    -si la custodia es compartida…¿quien administraria esas dos pagas de mi hija?
    – ¿Que pasa con los 5000€ ahorrados durante el matrimonio?

    1. Buenas tardes:

      Vamos a intentar dar contestación a las preguntas que nos indica con los datos que nos ha facilitado, pero para una correcta contestación haría falta conocer todos los detalles, si lo desea puede contactar con nuestro despacho, las consultas son gratuitas, para profundizar en cada cuestión.

      ¿Me puede quitar la custodia de mi hija? Puede el llegar a obtener la custodia compartida?
      Para empezar no debemos vivir la regulación de la custodia de la hija común como si la pudiéramos ganar o nos la pudieran quitar. Al tener la niña necesidades especiales y el padre una situación de discapacidad habrá que valorar todas las circunstancias. Lo mejor es acordarlo de mutuo acuerdo. En el caso de que no sea acordad, un juez en un proceso contencioso como normal general tenderá a establecer una custodia compartida, pues es preferente en España. A pesar de ello, si la niña necesita la estabilidad y siempre ha estado cuidada con usted, unida a que el padre puede no ser idóneo por los problemas que indica, podría suponer que el juez estableciera la custodia materna perfectamente. Lo que se busca es lo mejor par la hija y los Juzgados en proceso contencioso suelen realizar en estos casos un informe psicosocial que sele tener mucho peso y en el que un trabajador social y psicólogo analizando la situación familiar realiza la oportuna recomendación.

      – si obtengo la custodia tengo derecho a quedarme con las pagas de mi hija? Y si me quedo con las pagas aún así tengo derecho a pensión de alimentos?
      En caso de custodia materna, usted tendrá derecho a la administración de dicha paga para atender las necesidades de la hija, también una pensión de alimentos a cargo del padre como progenitor custodio.

      -si la custodia es compartida…¿quien administraria esas dos pagas de mi hija? En ese caso sería conjuntamente.

      – ¿Que pasa con los 5000€ ahorrados durante el matrimonio? Si tienen bienes gananciales serían gananciales de ambos y lo correcto sería que se aplicarán en beneficio común y especialmente de la niña pues son los ahorros de la familia. En el caso de que tengan separación de bienes, según la Ley, sería de los titulares de la cuenta, en proporción, eso sí se deberá de tener en cuenta el origen de las cantidades aunque en ocasiones es complicado al tener diversos ingresos y gastos que tienden a mezclarse.

      Ojalá todo vaya bien por vía amistosa que será lo mejor para todos y especialmente para la niña. Mucho ánimo y fuerza

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