¿Cómo cambiar el régimen económico matrimonial?

¿Cómo cambiar el régimen económico matrimonial?

Para cambiar el régimen económico matrimonial se debe otorgar escritura pública de capitulaciones matrimoniales ante notario.

Firmar capitulaciones matrimoniales ante Notario
¿Cómo cambiar el régimen económico matrimonial?

Las capitulaciones matrimoniales pueden otorgarse en cualquier momento del matrimonio e incluso antes de celebrar del matrimonio. Se podrán realizar tantos cambios de régimen económico matrimonial como los esposos quieran debiendo de delimitar el tiempo en el que se inicia y termina cada uno de ellos para determinar qué bienes y deudas forman parte de cada periodo y régimen económico matrimonial.

Para el caso de que se otorguen las capitulaciones matrimoniales, para que sean efectivas y aplicables deberá de contraerse matrimonio en el plazo de un año desde que se han otorgado las capitulaciones.

Modificar régimen económico matrimonial

Antes de modificar el régimen económico matrimonial debe de entender en qué consiste cada régimen. Los principales son el de bienes gananciales y el de separación de bienes, aunque existen otros minoritarios como el de participación.

En lo que respecta al régimen de bienes gananciales es importante diferenciar entre disolución y liquidación de gananciales.

Muchos clientes quieren cambiar su régimen económico matrimonial sin llegar a entender realmente en qué consiste el que tienen actualmente y quieren terminar, ni el que quieren iniciar.

Por ello, el asesoramiento es muy importante pues únicamente cunado una persona sabe qué derechos, obligaciones y responsabilidad se desprende de un determinado régimen económico matrimonial y cómo afecta a sus bienes y cargas, se podrá tomar una decisión reamente libre y consciente.

Como cambiar a separación de bienes

Para cambiar el régimen matrimonial y pasar a separación de bienes habrá que otorgar capitulaciones matrimoniales. Una cuestión que es conveniente conocer, es que un matrimonio que se ha separado (no divorciado) y se reconcilia formalmente, pasa a ostentar separación de bienes con independencia de cuál era el su régimen económico matrimonial antes de la separación.

Desde el punto de vista de nuestros abogados, el régimen de separación de bienes es el que mejor se adapta a las familias en la actualidad al haber superado la desigualdad precedente en al que la mujer no había accedido en condiciones de igualdad al mercado laboral.

Además, el régimen de separación de bienes es el que mejor se entiende y es más sencillo gestionar, pues cada uno de los esposos tendrá los derechos y obligaciones patrimoniales que adquieran o contraigan ya sea a título individual o en un maternidad proporción junto a otras personas, sea su cónyuge o cualquier otra persona.

Mi marido o mujer quiere hacer separación de bienes

Si su marido o su mujer quiere hacer separación de bienes, deberán de estudiar si se trata de una decisión consensuada, deseada y correcta. Un matrimonio debe de tomar conjuntamente la decisión de mantener un determinado régimen económico matrimonial o en su caso modificarlo, no puede pretender imponerse por parte de un cónyuge a otro.

Además, antes de tomar una decisión, para evitar errores y precipitación, lo mejor es asesorarse y tener un amplio conocimiento de las peculiaridades de cada régimen y entender como afectan a sus relaciones patrimoniales pasadas, presentes y futuras.

¿Cómo se hace separación de bienes una vez casados?

Para otorgar separación de bienes una vez casados, al igual que las capitulaciones prematrimoniales, no es necesaria la intervención de abogado, eso sí, siempre será recomendable.

Una vez tomada una decisión, deberán de solicitar cita en Notaria. La documentación necesaria será la de los carnets de identidad de ambos, en su caso las capitulaciones matrimoniales previamente otorgadas y el libro de familia. Además, será muy conveniente un certificado literal de matrimonio actualizado.

¿Cómo cambiar de separación de bienes a gananciales?

El trámite es muy sencillo, siendo el mismo el de pasar de bienes gananciales a separación de bienes que el de pasar de separación de bienes a gananciales. Pueden existir sucesivos periodos sujetos a a un determinado régimen económico. Lo razonable es que no existan constantes cambios, pero potencialmente, se pueden realizar tantos como estimen conveniente los cónyuges.
A pesar de ello, constantes cambios de régimen matrimonial puede suponer dificultad y complejidad para entender el régimen económico al que están sometidos los deferentes bienes y cargas.
Por poner un ejemplo sencillo en términos generales:
Si una personal soltera o casada en régimen de separación de bienes adquiere un inmueble concertando un crédito hipotecario el inmueble y la hipoteca le serán propios.
Si esa persona posteriormente se casa en gananciales o cambia su régimen económico para pasar a ostentar gananciales, desde que están vigentes los gananciales, entre otras cuestiones, la hipoteca será abonada por la sociedad de gananciales y en su caso los frutos (si por ejemplo estuviera el piso alquilado) le corresponderían a la sociedad de gananciales, que es de ambos cónyuges.
Por ello, en ocasiones situaciones percibidas como simples, jurídicamente tienen consecuencias complejas.
Capitulaciones matrimoniales separación de bienes
Plazo y precio de capitulaciones matrimoniales

Precio y plazo cambio de régimen matrimonial

El precio de una escritura de capitulaciones matrimoniales suele costar unos 75 euros y el plazo es tan rápido como los cónyuges tarden en recopilar la documentación y la Notaria tenga disponibilidad para la firma.

¿Cuánto cuesta cambiar régimen matrimonial?

A pesar de que las Notarias apliquen los mismos criterios arancelarios existen múltiples cuestiones variables que harán que el precio sea mayor o menor. Dependerá del número de folios y del número de copias simples y autorizadas que sean ermititas. Lo normal es que el precio sea de unos 75 euros, pero perfectamente pueden ser 50 euros o también 100 euros.
El precio no debe de ser algo que le preocupe o condicione, usted debe de cambiar de régimen económicos matrimonial si es procedente y lo más importante es tomar una decisión verdaderamente consciente.
Por ello, le recomendamos que antes de tomar una decisión consulte con nuestros abogados o con cualquier abogado que sea de su confianza, en España tenemos la inmensa suerte de contar con excelentes profesionales y lo importante no es el letrado, sino que usted entienda correctamente sus derechos y obligaciones, pues una decisión errona puede suponer grandes perdidas patrimoniales para la familia.
No tomar una decisión y no cambiar el régimen matrimonial, implícitamente también es una decisión, por tanto, debe de analizarse de manera individualizada sus circunstancias e intereses familiares, sin que sea aplicable un mejor o pero régimen general, sino que habrá un régimen más o menos conveniente y adecuado para cada familia.

Cuanto se tarda en hacer separación de bienes

El plazo no es una traba para poder  otorgar capitulaciones matrimoniales para, como se suele decir coloquialmente, «hacer separación de bienes» o «bienes gananciales», pues si se tiene la documentación y las cosas claras, se puede firmar en la misma semana o incluso en pocos días. Depende de la disponibilidad de la Notaria y la posibilidad de conciliar con los horarios de ambos esposos, pues ambos deben de firmar las capitulaciones matrimoniales.

¿Qué pasos debo dar para llevar a cabo una separación de bienes?

  • El primer paso es asesorarse y tener una decisión consciente y no precipitada, será muy conveniente consultar un abogado especializado y no está de más saber que tiene también la posibilidad de preguntar en la propia Notaria cualquier duda respecto de las consecuencias jurídicas del cambio de régimen matrimonial proyectado.
  • Contactar con la Notaria para pedir cita y aportar la documentación preceptiva.
  • Firmar la escritura ante notario.
  • Inscribirla en el Registro Civil.

Es importante tener en cuenta que las capitulaciones matrimoniales tendrán efecto entre los cónyuges desde el momento del otorgamiento de la escritura, pero no surtirá efecto respecto de terceros hasta que no sea oportunamente anotada en el Registro Civil en el que conste inscrito el matrimonio.

Pasar de bienes gananciales a separación de bienes
Cambiar régimen económico matrimonial

¿Qué es mejor gananciales o separación de bienes?

Como ya hemos indicado más arriba, no hay un régimen económico mejor o peor que otro, sino que cada uno tiene grandes diferencias que harán que sean la mejor opción para un determinado matrimonio y un determinado momento.

Cada matrimonio es diferente y cada momento de un mismo matrimonio puede tener necesidades especiales, de manera que es recomendable conocer lo mejor posible la diferencia entre bienes gananciales y separación de bienes (y en su caso otros alternativos) para poder adaptarlo a las necesidades de cada familia y de cada momento de cada familia.

Desde nuestro despacho tratamos de concienciar a las familias de que el asesoramiento es muy valioso. Hemos llegado a participar en la Feria de 1.001 Bobas de IFEMA y muchas parejas que proyectan casarse, perciben el tema de su régimen económico matrimonial como algo incómodo y cuyo conocimiento y análisis puede generar desconfianza y malestar de pareja.
Se repiten frases similares a:

«Nosotros nos casamos en bienes gananciales, nuestro matrimonio es para siempre». 

¿Separación de bienes? ¿Es que no confías en mí?

No hay que tener miedo al asesoramiento, sino a tomar decisiones mal asesorado pues puede provocar errores, perdidas y conflictos.

Abogados de familia para asesorar a las familias que lo necesitan y ayudar a potenciar el asesoramiento preventivo y que potenciando el entendimiento de los derechos y obligaciones legales se alcancen entendimiento positivos para las familias.

2 comentarios en “¿Cómo cambiar el régimen económico matrimonial?”

    1. Buenas tardes

      El derecho a la pensión de viudedad se aplica a situaciones en las que existe matrimonio y fallece el cónyuge que cuenta con un derecho retributivo de cotización de Seguridad Social.

      Tanto en caso de separación como divorcio, también procederá en caso de separación y divorcio (en los dos casos) cunado existe declaración de violencia de género o cuando existe una pensión compensatoria al cobro (en este caso con la limitación de tiempo e importe de dicha pensión compensatoria). Por tanto en ambos casos tanto con separación como divorcio.

      Gracias un saludo.

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